Analizados los presupuestos de 2016 se considera que hay partidas que pueden ser reducidas o eliminadas, para destinarlas a las áreas de acción social, atendiendo a las familias con riesgo de exclusión social, personas vulnerables, discapacitados y personas dependientes, de impulso del comercio local y sanidad.
Partidas que actualmente no reportan un interés para solventar la crisis que se avecina.
-Desde la Junta de Gobierno ¿Se ha procedido a revisar aquellas asignaciones económicas que pueden ser susceptibles de cambio?
-Siendo así, ¿Cuáles se han considerado?
-¿Exactamente, con qué remanente económico cuenta el Ayuntamiento?
-¿Se va a proceder a reclamar la deuda que la Consellería de educación, cultura y deporte, tiene contraída con nuestro Ayuntamiento derivada de las becas y comedores escolares, la cual asciende a más o menos 200.000€?
-¿Se ha elaborado un censo para localizar a aquellas familias que puedan estar padeciendo una situación de vulnerabilidad?
-¿Se va a proceder a la entrega de mascarillas gratuitas a los ciudadanos del municipio?
-Habiendo presentado una batería de propuestas desde mi GM, ¿Se ha procedido a su estudio y se han tenido en consideración?
Las recuerdo:
1º. Plan De Contingencia Fiscal para reducir las cargas fiscales de las familias en la situación de confinamiento o aislamiento y compensar las pérdidas derivadas del incremento del paro o paralización actividad empresarial; por ejemplo,
- a) reducción del 50 % de la totalidad de tasas municipales cuyo hecho imponible esté vinculado al desarrollo de una actividad comercial o empresarial (tasa de basuras, tasa por ocupación del dominio público para terrazas de bares y restaurantes, o vendedores en mercados municipales, fijos o ambulantes);
- b) aplazamiento del pago del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras de toda obra que se haya visto paralizada por la crisis sanitaria o la declaración del estado de alarma. En caso de que se hayan ya liquidado, devolución del 50%.
2º. Aplazar dos meses el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales vecinales con Ayuntamientos sujetas a plazo – incluido el pago de tributos – a contar desde la declaración de fin de pandemia emitida por la autoridad competente.
3º. Suspensión del devengo del canon o de la renta de las concesiones o alquileres municipales a aquellos comerciantes o empresarios que se vean afectadas por restricciones de la actividad.
4º. Eliminación total áreas aparcamiento regulado y/o suspensión temporal de la aplicación de protocolos anticontaminación en caso de superarse los valores fijados en los mismos, en caso de existir en el municipio.
5º. Prórroga automática por el mismo tiempo que dure la situación de excepcionalidad de los plazos de ejecución y finalización en 3 meses respecto de los establecidos en la concesión de licencia; susceptibles de prórroga.
6º. Elaborar y aprobar un Plan de Reducción del Gasto innecesario; identificando todas las necesidades no esenciales para suspender su ejecución definitivamente durante el ejercicio 2020 con las correspondientes reasignaciones presupuestarias; y procediendo a suspender la ejecución de todas las partidas presupuestarias no ejecutadas – total o parcialmente- que se refieran a gastos no esenciales o innecesarios para la lucha contra la crisis sanitaria, que incluya, entre otros:
- a) Suspensión del abono de las subvenciones a sindicatos, organizaciones empresariales, partidos políticos, grupos políticos municipales, y asociaciones o entidades cuya actividad no tenga naturaleza mercantil y no esté directamente vinculada a la garantía del empleo, la sanidad, la seguridad ciudadana, la alimentación o la vivienda de los más necesitados.
- b) Suspensión de todos los procedimientos de adjudicación directa o de concurrencia competitiva para otorgar subvenciones o ayudas a sindicatos, organizaciones empresariales, partidos políticos, grupos municipales, asociaciones o entidades cuya actividad no tenga naturaleza mercantil y no esté directamente vinculada a la garantía del empleo, la sanidad, la seguridad ciudadana, la alimentación o la vivienda de los más necesitados.
7º. Destinar el superávit municipal cuya asignación presupuestaria ha liberado el RDLey 8/2020 exclusivamente a paliar los efectos de la crisis sanitaria y del estado de alarma; y siempre dentro del Plan de Reducción del Gasto Innecesario.
-Atendiendo a la última Comisión, quisiera me contestaran a las siguientes preguntas ya que no quedaron claras las respuestas.
- • ¿Qué medidas de desinfección, y digo desinfección que no limpieza, se han tomado y se siguen tomando para limpiar las calles, parques y los edificios municipales? ¿Desde cuándo? ¿Quién lo está haciendo?
- • ¿Se ha provisto a la empresa FCC del material que solicitó con fecha 27 de marzo para 30 empleados?
- • ¿Con qué frecuencia se visita en sus domicilios a personas dependientes o tercera edad? ¿Cuántas personas están ofreciendo este servicio?