El pasado lunes 1 de marzo del 2021 desde la Concejalía de Fomento Económico y Comercio del Ayuntamiento de Sant Joan se ha realizado consulta a la Dirección General de Administración Local en Valencia, organismo dependiente de Presidencia, sobre la posibilidad de exención de los requisitos que establece La Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones en su art. 13.2 Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora, donde indica que “No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora” siendo esta el Decreto Ley dictado por la Conselleria, sin cuya exención formal sería imposible aplicarla desde el ámbito local.
Esta consulta se ha realizado desde la concejalía, tras su aprobación en el pasado pleno ordinario, con el objetivo de posibilitar que aquellos autónomos o empresas que no estén al corriente de los pagos con la administración puedan ser perceptores de las ayudas paréntesis previstas en el Plan RESISTIR, situación que incide en la excepcionalidad provocada con la crisis social y económica derivada de la COVID19 en los sectores de hostelería y turismo.
Desde la Dirección General de Administración Local publicaron el día 2 de marzo, una Nota Informativa desde el área de Presidencia informando que tras la consulta de un municipio al Ministerio de Hacienda y en virtud de “las especiales circunstancias derivadas de la pandemia”, se posibilita a los municipios a exonerar desde sus bases de concesión de este requisito a los posibles solicitantes.
“Nos alegramos de que la respuesta haya sido positiva ante la posibilidad de exonerar de estar al corriente de lo establecido en el art. 13 de la Ley Gral. De Subvenciones a tantos autónomos y pequeños empresarios que se han visto perjudicados por la pandemia” ha comentado el concejal de Comercio Manel Giner, “dado que el plazo de alegaciones finaliza el próximo 16 de marzo, se ha solicitado la celebración de Pleno Ordinario el próximo día 18 para, sin que suponga nuevos retrasos, incorporar en el mismo la modificación de las bases en este sentido”
Esta modificación que habrá de contar con los pertinentes informes municipales, deberá ser aprobada por el plenario y pasará a regular el proceso de valoración de solicitudes.