domingo , 20 octubre 2024

LA PLATAFORMA ANTICREMATORIO Y POR LA DIGNIDAD DE SANT JOAN VE MUY POSITIVA LA RESOLUCIÓN JUDICIAL Y SE REAFIRMA UNA VEZ MAS EN QUE SE CUMPLA EL COMPROMISO CON LOS VECINOS Y SE EJECUTE EL CIERRE DEFINITIVO DEL CREMATORIO YA

En  enero de 2015 el ayuntamiento aprobo el cierre provisional del crematorio.La mercantil ASV  acudio a los tribunales por la via penal acusando   por presunta prevaricación a los concejales que votarón el cierre ( todos los grupos políticos municipales, menos los socialistas que se  fuerón  ) y el juzgado por 3 veces reafirma que  el cierre cautelar se ajusta a derecho.

 1. Consideramos muy positiva la última resolución judicial que exonera de responsabilidades penales a los concejales que aprobaron el cierre cautelar, y reconoce la autoridad del ayuntamiento para tomar medidas preventivas de este tipo.Recordamos que la empresa llego a pedir que una hipotética indemnización la pagasen los políticos de su bolsillo. Todo ha quedado en nada.

2. El objetivo de la mercantil ASV con este y otros procesos judiciales es presionar a aquellos que no hacen las cosas como ellos pretenden. En un estado de derecho todos estamos sujetos al imperio de la ley y a la legalidad y nadie, por mucho dinero que tenga, está exento de cumplir las normas .

3. En este proceso lo que pretende la mercantil es crear confusión y duda; retorcer las normas hasta que digan lo que ellos quieren. Afortunadamente, el juez no ha caído en la trampa. No tiene nada que ver un oficio de treinta líneas de Medio Ambiente sobre un expediente sancionador, con el informe sanitario previo y preceptivo para la apertura. En la pagína 27 lo deja claro el magistrado: «Nada tiene que ver este informe de Sanidad que es preceptivo y vinculante para la obtención de la referida licencia con el oficio de Medio Ambiente que se da por restaurada la infracción que dio lugar a un expediente sancionador «. En la página 23 dice que «es una equiparación que induce a error». ASV pretende confundir al juez mezclando Sanidad y un expediente sancionador de Medio Ambiente (página 15). No se la han colado al juez.

La normativa al respecto es clara e inequívoca ( artículo 17.1 del Reglamento de Policia Sanitaria Mortuoria, Decreto 195/2009 de 30 de Octubre , página 11 del auto).

4. Una última pregunta: Si los informes sanitarios son previos, preceptivos y vinculantes, ¿cómo es que el 16 de abril de 2013 se dio la licencia de apertura , estando el crematorio funcionando 18 meses sin tener el preceptivo aval sanitario?.

No es sólo nuestra la pregunta, también al juez le parece sorprendente: “Por tanto, la conclusión es que, teniendo el Ayuntamiento un informe desfavorable, en relación al art. 17 del Reglamento de Policía Mortuoria, acordó, en función de ello, y siendo ello distinto de las medidas adoptadas en el expediente sancionador, la decisión de suspensión de actividad, por considerar que no se contaba con uno de los elementos necesarios, preceptivos y vinculantes para el mantenimiento de la licencia.

Hasta tal punto es así que nunca lo tuvo, de forma que incluso lo discutible es cómo se concedió la licencia si no tenía los informes preceptivos, una vez que los mismos eran exigidos desde la redacción del Reglamento en 2005”.

Y el silencio administrativo no exime de cumplir las exigencias de la ley para esta actividad: “El hecho de que se obtuviera la licencia correspondiente no significa que, por una parte se cumplieran o no en su momento todos los presupuestos legales de la misma, habida cuenta que su concesión en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, fue por silencio administrativo positivo, lo cual remite a otras consideraciones más automáticas o de procedimiento en cuanto a fechas de requerimientos, y fechas de resoluciones y plazos. En cualquier caso, y partiendo de la legítima obtención de la licencia, la empresa no queda exenta o dispensada de cubrir y cumplimentar cualesquiera exigencias legales que se impongan con posterioridad.”

Nos reafirmamos una vez más en el cierre definitivo del crematorio por la cercania a las poblaciones sensibles ( niños, enfermos, residentes….) y la falta más absoluta de controles.Esta empresa ha demostrado muchas veces que no es de fiar y antepone el negocio a la salud.

Plataforma anticrematorio y por la Dignidad De Sant Joan

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